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HEMOS VUELTO

Por razones técnicas nuestro blog ha estado parado e inactivo. Pero.....hemos vuelto. Poco a poco iremos poniendo todo lo que ocurrido durante este curso y la actualidad de nuestro centro. Nuestro blog y nuestra página web servirán como sistema de información y comunicación con nuestra comunidad educativa. Sentimos las molestias ocasionadas.
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13 de abril de 2013

BECAS AYUDAS COMEDOR ESCOLAR (RENOVACIÓN Y NUEVAS SOLICITUDES)



INFORMACIÓN BORRADOR DE AYUDAS DE COMEDOR ESCOLAR.
CURSO 2013/2014
¿QUÉ ES EL BORRADOR DE AYUDAS?
El borrador de ayudas de comedor escolar o documento de confirmación de datos para renovación de las ayudas contiene la información socio-económica que justificó la gratuidad de cada alumno en el pasado curso escolar.
El director del centro lo entrega a las familias para que confirmen, en su caso, los datos comunicados, así como para que autoricen la posterior comprobación por la Administración educativa de sus datos tributarios y poder beneficiarse así de la gratuidad que les corresponda.
¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?
El borrador se ha realizado para los alumnos que cumplan las siguientes condiciones:
-       Que hayan sido beneficiarios de ayuda de comedor en el curso actual 2012/2013 por circunstancias socio-económicas o familiares. No se incluyen ayudas concedidas por circunstancias excepcionales.
-       Que se  encuentren actualmente en cursos inferiores a 6º de Primaria.
¿CÓMO SE CONFIRMA EL BORRADOR?
Si todos los datos que aparecen impresos en el borrador son correctos, y reflejan la situación económica y socio-familiar actual, fechando y firmando el documento quedaría confirmado el borrador; también se pueden modificar determinados campos.
Es imprescindible la firma del solicitante, así como la de aquellos miembros de la unidad familiar que aparezcan relacionados en el punto 3 del documento. En el caso de confirmación vía Internet no es necesaria la entrega de los impresos en el centro.
¿SE PUEDE MODIFICAR EL BORRADOR?
En el borrador se pueden modificar ciertos datos si éstos han variado de un año a otro. Los campos que se pueden modificar tienen el fondo blanco y los que no se pueden modificar tienen el fondo grisáceo.
Con la información (modificada o no) que contenga el borrador que se confirme se realizarán las comprobaciones pertinentes para determinar la máxima ayuda que corresponda al solicitante.
ENTREGA DEL BORRADOR CONFIRMADO
Existen dos maneras de confirmar el borrador:
Ø  CONFIRMACIÓN PRESENCIAL: los padres o tutores entregarán los dos ejemplares del borrador debidamente firmados en la Secretaría del centro. La persona que reciba la documentación deberá sellar y fechar ambos documentos y entregar una de las copias al interesado.
Ø  CONFIRMACIÓN VÍA INTERNET: los padres registrados que lo deseen podrán acceder a su borrador y confirmarlo on-line entrando en la aplicación en la dirección https://comedoresescolares.jcyl.es/  y siguiendo los pasos que se indican en la Guía de Ayudas. En caso de confirmar el borrador vía Internet no es necesaria su presentación en el centro.
OTRAS CONSIDERACIONES IMPORTANTES:
-       Si en el borrador ha marcado la condición de FAMILIA MONOPARENTAL la confirmación sólo podrá realizarse entregando el borrador en el centro educativo junto a la documentación acreditativa de dicha condición.
-       Si se encuentra en otras situaciones diferentes a las que justificaron la ayuda el curso pasado (víctima de violencia de género o situación carencial específica) debe presentar una nueva solicitud ordinaria de ayudas en lugar de confirmar el borrador.

 El plazo de presentación o confirmación vía Internet de borradores finaliza el 30 de abril





SOLICITUD DE AYUDAS DE COMEDOR ESCOLAR.   

CURSO 2013-2014.


Obtendrán gratuidad en la prestación del servicio de comedor escolar los alumnos matriculados en enseñanzas obligatorias en los centros docentes públicos con servicio de comedor escolar que cumplan en cada caso  los siguientes requisitos:
Ø   BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD TOTAL:
a)       Gratuidad por renta: la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar en el periodo impositivo 2011 no excede en cómputo anual de la mitad del IPREM anual, fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 en 7.455,14 € (es decir, dichos ingresos no superan 3.727,57 €). Estos ingresos se obtendrán del cruce con la Agencia Tributaria en caso de autorizar el cruce, o bien mediante presentación de documentación compulsada.
b)       Familias numerosas de categoría especial, acreditándolo con el número de título de familia numerosa y autorización para su comprobación. En caso de no autorizar o de títulos expedidos en otra CCAA se acreditará mediante copia debidamente compulsada del título de familia numerosa en vigor.
c)       Alumnos que se encuentren en acogimiento familiar o residencial, acreditándolo mediante la Resolución judicial o Certificado de la Comisión de Tutela.
d)       Solicitante víctima de violencia de género, circunstancia que se acreditará mediante copia compulsada de la orden de protección a favor de la víctima o del informe del Ministerio Fiscal.
e)       Situación carencial específica, que se acreditará mediante la presentación de informe por los Servicios Sociales.
Ø   BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD DEL 75%:
a)       Gratuidad parcial por renta: alumnos que pertenezcan a unidades familiares en las que la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el período impositivo 2011 no exceda en cómputo anual del IPREM (7.455,14 €).
Ø   BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD DEL 50%:
a)       Gratuidad parcial por renta: alumnos pertenecientes a unidades familiares en las que el resultado de la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el período impositivo 2011 no exceda en cómputo anual 2 veces del IPREM (14.910,28 €).
b)       Familia numerosa de categoría general, acreditándolo con el número de título de familia numerosa y autorización para su comprobación. En caso de no autorizar o de títulos expedidos en otra CCAA se acreditará mediante copia debidamente compulsada del título de familia numerosa en vigor.
PLAZO ORDINARIO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE AYUDA: hasta el 30 abril, por ser alumnos ya matriculados en el centro. Nuevas matriculaciones durante el mes de septiembre.
CÓMO PRESENTAR LA SOLICITUD DE AYUDAS para el CURSO 2013/2014
Durante el periodo ordinario (del 15 al 30 de abril)
Ø   SOLICITUD PRESENCIAL: los padres o tutores presentarán la solicitud de ayudas en el impreso a su disposición en la Secretaría del centro, debidamente cumplimentado y firmado, donde se sellará y entregará el resguardo de presentación.
SOLICITUD VÍA INTERNET: los padres registrados que lo deseen y no estén obligados a adjuntar documentación podrán acceder a su solicitud entrando en la aplicación y cumplimentado los datos requeridos siguiendo los pasos que se indican en la Guía de Ayudas a su disposición en la propia aplicación. La solicitud se enviará telemáticamente y quedará a la espera de su validación por el centro. En caso de tener que adjuntar documentación podrá rellenarla en la aplicación, imprimirla

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